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Ley Beckham: régimen fiscal especial de expatriados (régimen de impatriados)
Traducido del inglés; la versión en inglés es la de referencia: léela en inglés. Es una traducción automática que aún no ha revisado una persona.
El régimen especial de España para trabajadores desplazados a territorio español (informalmente la «Ley Beckham», artículo 93 de la Ley 35/2006 del IRPF, desarrollado por el Real Decreto 687/2005 modificado) permite que los recién llegados que cumplan los requisitos tributen en gran medida como no residentes hasta 6 ejercicios fiscales: los rendimientos del trabajo de fuente española tributan a un tipo fijo del 24 % hasta 600.000 EUR (45 % por encima de esa cantidad), en lugar de los tipos progresivos de los residentes ordinarios (19 %-45 % sobre los ingresos mundiales). Las ganancias patrimoniales y los dividendos tributan a los tipos de los no residentes (19 %-26 % según el importe), el impuesto sobre el patrimonio se aplica solo a los bienes situados en España, y la mayoría de los ingresos de fuente extranjera (más allá de una exención limitada) no tributan en España, aunque por lo general no se pueden reclamar los beneficios de los convenios de doble imposición porque a la persona se la trata como no residente a efectos del convenio. La «Ley de Startups» de diciembre de 2022 (Ley 28/2022, de 21 de diciembre) reformó el régimen con efectos desde el 1 de enero de 2023: redujo de 10 a 5 años el periodo previo de no residencia en España exigido; amplió la elegibilidad a los empleados que se trasladan para trabajar a distancia para un empleador no español, ordene o no el empleador el traslado; amplió la elegibilidad a los administradores de empresas emergentes sin importar su porcentaje de participación; y permitió que el cónyuge del trabajador (o el progenitor de los hijos del trabajador, si no están casados) y los hijos menores de 25 años (o de cualquier edad si tienen una discapacidad) opten por su propia versión del régimen, sujeto a condiciones.
- Por qué importa
- Una de las herramientas de planificación fiscal españolas más importantes para los profesionales extranjeros recién llegados, los trabajadores a distancia y los fundadores de empresas emergentes; cambia materialmente el tipo impositivo efectivo frente a la tributación ordinaria de los residentes durante hasta 6 años. La reforma de 2023 abrió específicamente la puerta a los trabajadores a distancia (incluidos los que tienen un visado de «nómada digital» y trabajan para un empleador extranjero) y a los administradores fundadores de empresas emergentes que cumplen los requisitos, que antes estaban excluidos o limitados.
- Cuándo
- Convertirte en residente fiscal en España como empleado recién trasladado, trabajador a distancia o administrador de una empresa emergente que no fue residente fiscal en España en los 5 años anteriores.
- Cuánto tarda
- Solicitud: en el plazo de 6 meses desde el inicio del trabajo que cumple los requisitos o el alta en la Seguridad Social. Duración del régimen: el año de llegada más hasta 5 años más (6 años en total).
- Página oficial
- Última revisión
- 15 oct 2026
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